Ecuatorianos esperan respuestas sobre el nuevo reglamento de extranjería: “¿Puedo traer a mi hijo?” | Noticias de Cataluña | EL PAÍS
Juan Carlos es un conductor ecuatoriano que, tras cinco años de vivir y laborar en España, ha logrado obtener la nacionalidad. Le interesa comprender cómo afectará a su familia el reciente reglamento de la ley de extranjería, aprobado hace dos semanas por el Gobierno, que facilita la regularización de inmigrantes y promueve la reagrupación familiar. Por esta razón, ha asistido a una charla organizada por el Consulado de Ecuador en Barcelona, con el fin de aclarar sus dudas en una comunidad cuyos proyectos de futuro dependen, en gran medida, de la implementación de estas nuevas disposiciones. “Quiero traer a mi hijo. Tiene 25 años y ha terminado su carrera allí. He leído que, con el nuevo reglamento, ahora se puede hasta los 26. Así que he venido para confirmar si es cierto y cómo debo proceder”, comenta Juan Carlos antes de tomar asiento.
El conductor no se equivoca. El reglamento amplía (de 21 a 26 años) la edad para que hijos de personas que, como él, han obtenido la nacionalidad, puedan venir a España. Pero no entra en vigor hasta la segunda mitad de 2025. Juan Carlos ha optado hasta ahora, sin éxito, por otra vía: ha solicitado un visado de estudios para el hijo que no ha prosperado porque éste no ha podido acreditar medios económicos. Después de dos horas escuchando la animada conferencia del abogado experto en extranjería David Querol, el hombre alza la mano y se pone en pie. Expone su caso. Pide consejo. Querol lo piensa un momento y le pregunta si puede demostrar que el hijo está a su cargo. “Sí, cada mes le ingreso 500 dólares en una cuenta suya en Ecuador”. El abogado le sugiere entonces que presente un recurso contra la denegación por parte del consulado español en Quito, aunque admite que es un trámite que puede demorarse y le plantea, como alternativa, tramitar un visado de familiar de ciudadano de la Unión Europea.
El abogado responde una a una a las preguntas de los ecuatorianos. Se percibe el anhelo de que unas disposiciones legales más amables cambien sus vidas para bien. Una mujer pregunta si su hija, que ya había obtenido la residencia, puede acogerse al arraigo de “segunda oportunidad” que incorpora el texto para venir a España. Un universitario quiere saber si el reglamento va a resolver los problemas burocráticos que existen ahora con las prórrogas para estudios. Y así un largo etcétera de cuestiones que no siempre admiten respuestas unívocas en una materia tan compleja y laberíntica como la extranjería. Querol traslada en todo caso la idea de que la nueva regulación facilita el camino y, sobre todo, abre un abanico de opciones más amplio, ya que establece hasta cinco tipos de arraigo.